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La implementación de normas contables internacionales no será el único desafío que deberán enfrentar los contadores al momento de preparar los balances de las compañías en los próximos años.
De acuerdo a lo informado desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) se estaría avanzando en la diagramación de un modelo de estados contables digital. De esta manera, se pondría punto final a los informes emitidos en papel.
De esta manera, las empresas podrán optimizar la tarea, y lo que aún es más importante, contar con un modelo de estados contables que podrá ser presentado ante los múltiples organismos que lo requieran.
Más precisamente, la iniciativa denominada “Proyecto Central de Balances” involucra a miembros de la Comisión Nacional de Valores, del Banco Central, de la Bolsa de Comercio y del organismo que nuclea a los profesionales.
Desde la Facpce confirmaron que ya se han reunido en la sede del organismo a fin de dar el puntapié inicial de la ardua tarea. “El equipo, integrado por un sector técnico contable y uno informático, tiene como objeto resolver la elaboración de un proyecto de implementación de una formula única de balance, desarrollado en forma digital, ya no en papel”, precisaron desde el organismo.
Asimismo, el grupo interdisciplinario espera que “la utilización de este tipo de balance alcance de manera progresiva a la mayor cantidad de empresas posible”.
Si bien no se dieron a conocer plazos concretos, se estima que la puesta en marcha coincida con el plazo establecido para la adopción de las normas contables internacionales.
Ya oportunamente, el presidente de la Facpce, Jorge Paganetti, había adelantado a este medio que la Argentina adoptaría las medidas en 2011, y consideró que ello facilitará el acceso de las compañías al mercado de capitales.
Al igual que la llegada de las normas contables internacionales, la implementación del balance digital se hará de manera progresiva. De seguir idéntico esquema, cabe recordar que -a partir de 2011- las empresas nacionales que cotizan en bolsa deberán confeccionar sus balances de acuerdo con lo que dictan las normas contables internacionales.
Normas contables Respecto a las fechas de implementación de las normas contables internacionales, Adriana Calvo, socia de Deloitte, oportunamente aseguró que si bien para las empresas que cotizan en bolsa la obligatoriedad empieza a partir de 2011, "lo conveniente sería comenzar a aplicar las normas contables internacionales a partir del 2010 en paralelo".
Esto es así ya que el balance cerrado a fines de 2010 constituye la base de partida para confeccionar los estados contables al cierre de 2011, que deberán ser emitidos de manera obligatoria bajo los parámetros establecidos por la normativa internacional. A fin de puntualizar las principales diferencias entre ambos esquemas normativos, Eduardo Selle, socio de la consultora, detalló las diferencias centrales al momento de presentar los balances y de reconocer los efectos de la inflación, entre otros aspectos.
Con relación a la presentación de los estados contables, Selle, puntualizó que las normas contables argentinas prevén que: Los estados contables consolidados se presentan como información complementaria. Los activos y pasivos se deben clasificar en corrientes y no corrientes en función de un período de 12 meses. Se presenta información complementaria a los estados contables básicos requerida por normas legales y profesionales.
Mientras que las normas contables internacionales establecen que: Los estados contables consolidados constituyen los estados principales. Los activos y pasivos pueden clasificarse en corrientes y no corrientes en función de un período de 12 meses o del ciclo operativo de la entidad. Se presenta información complementaria en mayor cantidad y detalle que las exigidas localmente.
Otro tema de vital importancia para las empresas reside en la forma de reconocer los efectos de la inflación en el balance contable. Al respecto, Selle detalló que las normas locales prevén que el reconocimiento: Es solamente requerido para los estados contables emitidos en un contexto de inflación, deflación o hiperinflación. No se admite el ajuste cuando el contexto es considerado de estabilidad monetaria. Asimismo el índice de precios utilizado es el mayorista (IPIM).
En cambio, las normas internacionales prontas a implementarse establecen que la inflación debe ser reconocida en: Estados contables emitidos en economías bajo un contexto de hiperinflación (100% en tres años). Respecto al índice de precios, se utiliza el índice de precios al consumidor (IPC). Mayor costo fiscal
Como otro aspecto no menor, desde Ernst & Young advirtieron que la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) impactará en la carga fiscal que soporta cada empresa.
Más precisamente, Jorge Lapenta, socio de la división Impuestos de la consultora, aseguró que “aún cuando la legislación fiscal argentina tiene en gran medida autonomía e independencia de lo contable –a diferencia de lo que podría suceder en otros países–, ante el advenimiento de las IFRS aparecerán temas de alto impacto fiscal cuyos efectos en el negocio deberán ser cuidadosamente analizados.”
A fin de ejemplificar el impacto, Lapenta detalló que -entre otros- aparecerán los siguientes temas de alto efecto tributario cuyos efectos en el negocio deberán ser cuidadosamente analizados: Impuesto de igualación en la distribución de dividendos: la potenciación de diferencias entre los resultados contables e impositivos podría acentuar los casos de doble imposición, por el lado de las diferencias temporarias que generen determinados rubros.
Capitalización exigua: el cambio en los criterios de valuación contable de activos y pasivos seguramente impactará, incrementando o reduciendo, el patrimonio neto de las compañías y, con ello, pasaría a alterarse para las mismas la relación deuda/capital que se requiere para la deducción impositiva de intereses por pasivos con partes vinculadas.
Propiedades, planta y equipos: se introduce el concepto de revisión periódica del método de amortización y de la vida útil estimada del bien.
Frente a la inexistencia de normas impositivas que prevean esta situación, el juicio de valor se incrementa para la definición de los eventuales ajustes que pudieran generarse. Esto se da respecto a los bienes existentes y los nuevos que se incorporen con las mismas características.
De la misma manera sucede con el concepto de depreciación por componentes, que supone la división de un mismo bien en las partes que lo integran.
En este sentido, será clave la implementación de una moneda funcional, que represente los flujos de efectivo del ente emisor. Es decir, si la mayoría de las operaciones de las compañía se rigen por el dólar, el balance deberá estar expresado de acuerdo al valor de la moneda estadounidense.
Si bien para las IFRS es la que debiera utilizarse -aunque admite el uso de otras monedas, ello obliga a efectuar ajustes de conversión-. No sucede lo mismo a efectos impositivos ya que se requiere mantener la moneda de curso legal.
Esto podría plantear la necesidad de un doble juego de libros, con las complicaciones que esto supone a fin de asegurar la integridad, veracidad y exactitud de la información.
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